lunes, 4 de julio de 2011

Firma electrónica y digital

FIRMA ELECTRÓNICA Y DIGITAL

¿Qué es la firma electrónica?
No debemos confundir la firma digital y la firma digitalizada, esta última es el resultado de pasar la firma manuscrita a través del scanner. La firma digital es el equivalente a la de puño y letra en el mundo digital y tiene el mismo valor jurídico que con la manuscrita.
Las funciones de la firma electrónica son las siguientes:
- Identificación de las partes, la firma garantiza que los intervinientes son quienes dicen ser.
- Autenticación del contenido, el contenido del mensaje se recibe íntegramente y sin modificación alguna.
- Confidencialidad, el contenido al estar cifrado sólo puede ser conocido por las partes.
- No repudio entre las partes, garantiza que ninguna de las partes puede negar haber enviado o recibido el mensaje
La firma digital está basada en el principio criptográfico de claves pública y privada. Cada usuario dispone de dos claves, la privada de uso personal y carácter secreto sirve para firmar y cifrar documentos, que sólo pueden ser desencriptados con la pública.
En España, la principal Autoridad de Certificación es la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). Los certificados electrónicos válidos para firmar documentos digitalmente son distribuidos por las autoridades de certificación
¿Qué ventajas nos ofrece la firma digital?
- Proporciona el máximo grado de confidencialidad y seguridad en Internet.
- Identifica a las partes que se conectan telemáticamente.
- Da acceso a una inmejorable oferta de servicios en el ámbito de la gestión de los derechos de autor.
- Se puede utilizar el certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y su firma electrónica asociada para realizar gestiones administrativas con la Seguridad Social, como por ejemplo la consulta del informe sobre la vida laboral y con la Agencia Tributaria, como la Declaración de la Renta o la del IVA.
¿Cómo se obtiene la firma electrónica?
La firma electrónica se obtiene a través de tres pasos:
- Solicitud de certificado de usuario por Internet, mediante la cual se obtiene un código de solicitud del certificado, que se deberá facilitar en el momento de acreditar su identidad y en la obtención del certificado.
- Registro de usuario. El titular o representante deberá personarse en una oficina de registro para proceder a la acreditación de la identidad del solicitante.
- Descarga del certificado, que se podrá obtener desde la página de Internet de la Autoridad de Certificación correspondiente, y sólo podrá ser realizada desde el mismo equipo y navegador desde el que realizó la solicitud.

ALUMNA: KATY OROZCO VALDIVIA

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